IUSera
Registro digital 2012405 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.III.L. J/11 L (10a.) · PLENO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

AMPARO INDIRECTO. CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN UNA MULTA IMPUESTA EN LA RESOLUCIÓN DE UN RECURSO DE QUEJA EMITIDA POR UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, SE ACTUALIZA UNA CAUSA MANIFIESTA E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA DE DICHO JUICIO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación armónica y sistemática de los artículos 107, fracción VIII, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 61, fracción VI y 113 de la Ley de Amparo, se advierte que: a) contra las sentencias dictadas por los Tribunales Colegiados de Circuito no procede recurso alguno y el juicio de amparo en su contra es improcedente; b) la función de tales órganos es netamente jurisdiccional; y, c) si al examinar el escrito de demanda de amparo se advierte alguna causa manifiesta e indudable de impro...

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