IUSera
Registro digital 2012356 · Tesis aislada · 10a. Época · I.10o.P.1 P (10a.) · DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

REUBICACIÓN DE UN INTERNO DE UN CENTRO PENITENCIARIO A UNA CELDA DE CASTIGO COMO MEDIDA DISCIPLINARIA. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN EL AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA, CON EL EFECTO RESTAURATIVO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 147, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE LA MATERIA.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En la reforma constitucional de 6 de junio de 2011 y la posterior emisión de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, se evidenció la voluntad del legislador de garantizar que el juicio de amparo sea una herramienta eficaz en la protección y restauración de los derechos humanos; en función de lo cual, con el artículo 147, párrafo segundo, de la citada ley, se ampliaron los efectos de la suspensión, para que en los casos en que la naturaleza del acto reclamado lo permita, esa figura sirva como medida restitutoria provisional de los derechos afectados por determinado acto y así...

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