IUSera
Registro digital 2012340 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.41 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

DIVORCIO INCAUSADO. SI EN LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL SE RESUELVE LA TOTALIDAD DE LAS PRETENSIONES DE AQUELLA ACCIÓN, ÉSTA TIENE LA CALIDAD DE DEFINITIVA Y, POR TANTO, EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO DIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).

Constitucional y Amparo Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De la interpretación sistemática de los artículos 107, fracción V, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 y 170 de la Ley de Amparo, y 37, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se advierte que el amparo directo procede contra: i) sentencias o laudos, es decir, aquellas resoluciones que decidan el juicio en lo principal dirimiendo la litis planteada; y, ii) resoluciones que pongan fin al juicio, esto es, aquellas que sin decidirlo en lo principal lo den por concluido y respecto de las cuales no procede algún recu...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.