IUSera
Registro digital 2012268 · Tesis aislada · 10a. Época · I.8o.C.17 K (10a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

CONSULTAS VINCULADAS CON EL TURNO DE ASUNTOS, ANTE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. LAS PARTES NO ESTÁN LEGITIMADAS PARA EXIGIR QUE SE HAGAN.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Según el artículo 46 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 15 de enero de 2015 y reformado por Acuerdo General publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2016, las cuestiones vinculadas con el turno de asuntos que se asignan a dichos órganos federales deberán resolverse a través de una consulta que se haga a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal. Ahora b...

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