IUSera
Registro digital 2012255 · Jurisprudencia · 10a. Época · IV.3o.A. J/14 (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

AGENTE ADUANAL SUSTITUTO. EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA DESIGNACIÓN RELATIVA NO CONSTITUYE UN DERECHO ADQUIRIDO PARA LA AUTORIZACIÓN DE UNA PATENTE DE TITULAR DEL ENCARGO PÚBLICO (LEGISLACIÓN VIGENTE DEL 1 DE ENERO DE 2002 AL 10 DE DICIEMBRE DE 2013).

Fiscal y Hacendario Administrativo
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Texto de la tesis

El reconocimiento de la autoridad sobre el cumplimiento de los requisitos previstos por el artículo 159 de la Ley Aduanera, contenidos en la determinación por la cual se le autoriza la designación de una persona como agente aduanal sustituto, en términos de los artículos 163, fracción VII y 163-A del propio ordenamiento, vigentes del 1 de enero de 2002 al 10 de diciembre de 2013, no genera, per se, un derecho adquirido para la autorización de una patente de titular del encargo público, en tanto que únicamente acredita el acatamiento de aquéllos, como parte de las etapas de un procedimiento esp...

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