RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO DEL JUEZ DE DISTRITO EN EL QUE OMITE ORDENAR LA ENTREGA AL QUEJOSO PRIVADO DE SU LIBERTAD DE UNA COPIA DEL INFORME JUSTIFICADO RENDIDO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y SUS ANEXOS.
Texto de la tesis
Conforme al citado precepto, el recurso de queja procede contra las determinaciones dictadas durante la tramitación del juicio de amparo indirecto, que no admitan expresamente el recurso de revisión y que, por su naturaleza trascendental y grave, puedan causar perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva. De ahí que ese medio de impugnación sea procedente contra el acuerdo del Juez de Distrito en que omite ordenar la entrega al quejoso privado de su libertad, de una copia del informe justificado rendido por la autoridad responsable y sus anexos, en tanto que la con...
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