RECURSO DE REVISIÓN, COPIA PARA EL EXPEDIENTE. EL ARTÍCULO 88, PÁRRAFOS TERCERO Y CUARTO, DE LA LEY DE AMPARO, VULNERA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA TUTELADO POR EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
De esta última norma deriva que el derecho de acceso a la justicia no es absoluto ni irrestricto, sino que se ejerce dentro de los cauces impuestos por el legislador; empero, tales cauces deben ser proporcionales, de tal manera que se logre la eficiencia en la administración de la justicia, pero que, a la vez, no se entorpezca ni obstruya el derecho de marras. Por su parte, el artículo 88, párrafos tercero y cuarto, de la Ley de Amparo, establece como requisito para el trámite del recurso de revisión que se anexe una copia del escrito u oficio de expresión de agravios para agregar al expedient...
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