COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE LA UNIDAD DE SERVICIOS PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE QUERÉTARO Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
Texto de la tesis
Conforme a los artículos 1, 2, 3, 150 y 158 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Querétaro abrogada, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje es competente para conocer de las controversias laborales suscitadas entre la Unidad de Servicios para la Educación Básica Estatal (USEBEQ) y sus trabajadores, no por el carácter de organismo público descentralizado estatal, sino por la particular responsabilidad derivada del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica -publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de mayo de 1992-, donde el Gobie...
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