PATRÓN PROPIETARIO O RESPONSABLE DEL CENTRO DE TRABAJO. CUANDO SE DESCONOCE SU IDENTIDAD, LA JUNTA DEBE ORDENAR SU INVESTIGACIÓN UNA VEZ AGOTADA LA INSTRUCCIÓN Y PREVIO AL DICTADO DEL LAUDO.
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 48/2000-SS, en la que determinó el alcance del artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo, respecto a la manera de proceder del operador jurídico cuando de las actuaciones del juicio laboral se deduzca que el trabajador ignora el nombre del patrón o de la razón social donde haya laborado, para lo cual, a fin de conocer su identidad, deberá llevar a cabo una investigación, sostuvo la imposibilidad de decretar una condena contra la fuente de trabajo cuando se desconozca el nombre, razón social o d...
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