IUSera
Registro digital 2012135 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.T.52 L (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

ANTIGÜEDAD GENERAL DE EMPRESA DE LOS TRABAJADORES TEMPORALES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. FORMA EN QUE DEBE COMPUTARSE, CONFORME AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO RESPECTIVO, BIENIO 2010-2012.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Conforme a las cláusulas 3, inciso p) y 41, fracciones V, inciso b) y IX, del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana y la Comisión Federal de Electricidad, bienio 2010-2012, sus trabajadores temporales gozan, en lo que interesa, de dos derechos: i) Al reconocimiento de la antigüedad general de empresa de los lapsos en que hayan laborado con esa calidad, cuando presten sus servicios como trabajadores permanentes para la mencionada Comisión; y, ii) Al pago de la prima de antigüedad, en caso de que su relación de tra...

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