IUSera
Registro digital 2012120 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.VI.P. J/3 P (10a.) · PLENO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

LESIONES CALIFICADAS. PROCEDIMIENTO PARA INDIVIDUALIZAR LA PENA CORRESPONDIENTE A ESTE DELITO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 311 del Código Penal del Estado de Puebla, para fijar la sanción penal por el delito de lesiones calificadas, el juzgador debe modificar los parámetros mínimo y máximo, aumentando hasta en un tercio más la pena base. Así, el procedimiento para individualizar las penas por ese delito es el siguiente: el juzgador deberá tomar como referencia el mínimo y el máximo de la pena prevista en el tipo penal básico, y en caso de que se actualice una calificativa de las contenidas en el numeral 323 de dicho código, construir un nuevo parámetro de punibilidad que servirá como referenci...

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