IUSera
Registro digital 2012104 · Tesis aislada · 10a. Época · V.3o.C.T.1 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SONORA. QUIENES CUBRAN PLAZAS COMISIONADAS, TIENEN DERECHO A SER TRATADOS EN IGUALDAD DE CONDICIONES CONFORME AL PRINCIPIO "A TRABAJO IGUAL CORRESPONDE SALARIO IGUAL", INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU CARGO NO REÚNA LAS FORMALIDADES PARA TENER DERECHO A SER ASCENDIDOS.

Laboral y Seguridad Social Derechos Humanos
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Texto de la tesis

El artículo 123, apartado B, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga a los trabajadores al servicio del Estado el derecho de escalafón, a fin de que los ascensos se otorguen en función de sus conocimientos, aptitudes y antigüedad. Por su parte, los artículos 43o., 45, 46, 49 y 55 de la Ley del Servicio Civil para el Estado de Sonora, reglamentan el derecho consagrado en el referido precepto constitucional, y establecen las bases para que éstos se hagan efectivos. Así, de la interpretación armónica de los numerales citados, se concluye que no son las fu...

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