INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN. EN EL ANÁLISIS DEL JUEZ PARA FIJAR LA CULPABILIDAD DEL ACUSADO EN UN NIVEL SUPERIOR A LA MÍNIMA, NO DEBE TOMAR EN CUENTA CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS CONSIDERADAS PREVIAMENTE POR EL LEGISLADOR COMO PRESUPUESTOS O ELEMENTOS DEL DELITO, POR LO QUE LA SENTENCIA QUE ASÍ LO DETERMINE, VIOLA DERECHOS FUNDAMENTALES.
Texto de la tesis
Si bien la cuantificación de la pena de prisión corresponde exclusivamente al juzgador, quien goza de plena autonomía para fijar el monto que estime justo dentro de los mínimos y máximos señalados en la ley; sin embargo, esa discrecionalidad debe basarse en las reglas normativas de la individualización de la pena, y cuando no se fija la culpabilidad del acusado como mínima, la autoridad está obligada a señalar y fundar las razones por las cuales aumentó -poco o mucho- la sanción, mediante el estudio de las circunstancias favorables y desfavorables al reo. En ese sentido, en el análisis del Jue...
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