IUSera
Registro digital 2012040 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.1o.C.31 C (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO EN MATERIA MERCANTIL. PUEDE PROMOVERSE HASTA ANTES DE QUE SE HAYA DADO POSESIÓN DE LOS BIENES AL REMATANTE O AL ACTOR (APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ AL CÓDIGO DE COMERCIO).

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 1373 del Código de Comercio establece, en la parte que interesa: "...Tratándose de inmuebles, el remate sólo se suspenderá si el tercero exhibe escritura pública o instrumento equivalente, inscritos en el Registro Público correspondiente.". La interpretación literal del precepto citado podría dar lugar a considerar que sólo pudiera promoverse el juicio de tercería excluyente de dominio antes de que se llevara a cabo el remate o la adjudicación del inmueble, y no con posterioridad a ello, toda vez que dicha legislación no contiene una disposición que establezca un plazo límite para...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.