PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE CONTRATOS DE TRABAJO, DICTAMEN DE FUNCIONES, CARGA DE TRABAJO, RESPONSABILIDAD DE PUESTOS Y LABORES DESEMPEÑADAS. CARECE DE VALOR PROBATORIO CUANDO SU OBJETO ES DETERMINAR SI EL TRABAJADOR TIENE O NO EL CARÁCTER DE CONFIANZA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 9O. DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Texto de la tesis
En términos de los artículos 821 a 823 de la Ley Federal del Trabajo, la prueba pericial en el juicio tiene por objeto que un experto auxilie a la Junta en cuestiones que requieren conocimientos especiales de una ciencia, técnica o arte. Entonces, cuando en un conflicto laboral el aspecto a resolver es si el trabajador tiene o no el carácter de confianza, y se ofrece la prueba pericial en materia de contratos de trabajo, dictamen de funciones, carga de trabajo, responsabilidad de puestos y labores desempeñadas para demostrar ese extremo, no puede tener valor probatorio alguno, en virtud de que...
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