OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO SE PROPONE CON EL SALARIO QUE ADUJO EL TRABAJADOR EN SU DEMANDA, INCLUYENDO VALES DE DESPENSA CANJEABLES EN EL GRUPO EMPRESARIAL AL QUE PERTENECE, POR TRANSGREDIR EL DERECHO DE PROTECCIÓN AL SALARIO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXVII, INCISO E), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN IX, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Texto de la tesis
La oferta de trabajo es la propuesta que hace el patrón, luego de atribuírsele un despido injustificado, para que la relación de trabajo continúe, la que de hacerse en los mismos términos y condiciones legales producirá el efecto jurídico de revertir al trabajador la carga de probar el despido; pero si las condiciones planteadas afectan el salario, aquél deberá calificarse de mala fe. Por tanto, si el trabajador aduce que, como parte de su salario, el patrón le otorgaba vales de despensa canjeables en el grupo empresarial al que pertenece y la oferta de trabajo se realiza en esos términos, ést...
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