IUSera
Registro digital 2012016 · Tesis aislada · 10a. Época · II.2o.P.15 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO. PROCEDE RESPECTO DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN, AUN CUANDO EL ARTÍCULO 111 DE LA LEY DE LA MATERIA ÚNICAMENTE HAGA REFERENCIA A ESA FIGURA TRATÁNDOSE DE ACTOS RECLAMADOS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto citado establece que la demanda de amparo podrá ampliarse cuando: a) No hayan transcurrido los plazos para su presentación; y, b ) El quejoso tenga conocimiento de actos de autoridad que guarden estrecha relación con los actos reclamados en la demanda inicial; siempre que no se haya celebrado la audiencia constitucional o bien el quejoso podrá optar por la presentación de una nueva demanda. Como se observa, este artículo regula la ampliación de la demanda de amparo únicamente respecto de actos reclamados; no obstante, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jur...

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