IUSera
Registro digital 2012011 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.T.33 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTAS DE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA EN EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN ESTABLECIDO EN EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LOS TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL. EL HECHO DE QUE NO SEAN RATIFICADAS POR EL REPRESENTANTE SINDICAL NO LES RESTA VALOR PROBATORIO, SI LO HICIERON LAS PERSONAS A QUIENES CONSTAN LAS IMPUTACIONES QUE EVENTUALMENTE ORIGINEN LA RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL Y LA NOTIFICACIÓN AL SINDICATO DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO SE DEMUESTRA CON OTRAS PRUEBAS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En el artículo 55 Bis del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y sus Trabajadores, se estableció la obligación de que al iniciar el procedimiento de investigación debía notificarse al sindicato, lo que constituye una formalidad para la validez del propio procedimiento, conforme a la jurisprudencia 2a./J. 81/98*. Dicho requisito puede acreditarse con las actas administrativas levantadas en aquél, respecto de las cuales, en la diversa jurisprudencia 4a./J. 23/92**, la otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que l...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.