PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. HIPÓTESIS EN LA QUE, CUANDO EN AMPARO DIRECTO SE RECLAME LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 67 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, EN RELACIÓN CON LA NOTIFICACIÓN VÍA BOLETÍN ELECTRÓNICO, NO DEBE AGOTARSE EL INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIONES PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 DEL MISMO ORDENAMIENTO.
Texto de la tesis
Si bien el artículo 107, fracción III, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2011, dispone que, por regla general, las violaciones procesales hechas valer en amparo directo deben prepararse mediante su impugnación durante el trámite del juicio ordinario, a través del recurso o medio de defensa señalado por la ley respectiva; esa regla no debe seguirse cuando en un juicio de amparo directo el quejoso reclama la inconstitucionalidad del artículo 67 de la Ley Federal de Pr...
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