IUSera
Registro digital 2011961 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XXVII. J/6 A (10a.) · PLENO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. CUANDO ADVIERTA QUE NO LE COMPETE CONOCER DE UN ASUNTO, DEBE SOBRESEER EN EL JUICIO Y NO DECLINAR SU COMPETENCIA A UN DIVERSO ÓRGANO JURISDICCIONAL.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 8o., fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, es improcedente el juicio contencioso administrativo federal cuando no le competa conocer del asunto al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en cuyo caso deberá sobreseer en el juicio en términos de la fracción II del artículo 9o. del indicado ordenamiento. Por tanto, la Sala Regional no debe declinar su competencia en favor de un diverso órgano jurisdiccional, cuando advierta que no le compete conocer de un asunto, sino que debe declarar actualizada dicha causal de improceden...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.