IUSera
Registro digital 2011954 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. XXX/2016 (10a.) · Segunda Sala

FALTA DE HONRADEZ Y PROBIDAD. LA CAUSAL DE SUSPENSIÓN DEL NOMBRAMIENTO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 46, FRACCIÓN V, INCISO A), DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO NO ES INCONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El tercer párrafo del artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que el nombramiento de los trabajadores puede ser suspendido hasta en tanto el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje determine en forma definitiva sobre la procedencia o improcedencia de la terminación de sus efectos, siempre que se actualice alguna de las causas graves previstas por la fracción V del mismo artículo. A su vez, el inciso a) de la citada fracción prevé, entre otras, una de las causales graves consistente en que el trabajador incurra en una falta de probidad u honradez....

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