IUSera
Registro digital 2011951 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 67/2016 (10a.) · Segunda Sala

SENTENCIAS DE LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. SON LEGALMENTE VÁLIDAS AUNQUE NO INDIQUEN EXPRESAMENTE SI EL ASUNTO SE RESOLVIÓ POR UNANIMIDAD O POR MAYORÍA DE VOTOS.

Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

En congruencia con el artículo 49 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, son legalmente válidas las sentencias aludidas aunque no contengan las locuciones referidas pues, por una parte, la normativa aplicable no prevé que ello constituya un elemento para su validez y, por otra, siguiendo el criterio sostenido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria que resolvió la contradicción de tesis 357/2014, de la que derivó la jurisprudencia P./J. 7/2015 (10a.) (*), la firma que los integrantes del órgano jurisdiccional estampan en la sentencia,...

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