ASISTENCIA CONSULAR. OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES POLICIALES Y MINISTERIALES PARA FACILITAR EL CUMPLIMIENTO MATERIAL Y FORMAL DE ESE DERECHO FUNDAMENTAL.
Texto de la tesis
Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado que en relación con el derecho al contacto y asistencia consular, en términos del inciso b), párrafo 1, del artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, las autoridades policiales y ministeriales, según el momento, están obligadas no sólo a facilitarlo, sino a fungir como conducto de comunicación de la persona detenida con la oficina consular de su país. Las comunicaciones entre la persona extranjera detenida y su oficina consular deberán llevarse a cabo por conducto de las autoridades policial...
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