IUSera
Registro digital 2011939 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CLXXXV/2016 (10a.) · Primera Sala

ASISTENCIA CONSULAR. ESTE DERECHO FUNDAMENTAL SE ENCUENTRA SUBORDINADO A LA VOLUNTAD DE LA PERSONA EXTRANJERA DETENIDA.

Derechos Humanos Seguridad Pública y Nacional
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El derecho al contacto consular está subordinado exclusivamente a la voluntad de la persona extranjera detenida, una vez que se le informa que tiene dicha prerrogativa, así como el derecho a la asistencia consular. El inciso b) del párrafo 1 del artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, señala que las autoridades encargadas de transmitir las comunicaciones de la persona extranjera detenida con la oficina consular de su país, sólo lo podrán hacer "si el interesado lo solicita". Este derecho está reconocido, asimismo, en el artículo 128 del Código Federal de Procedimient...

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