IUSera
Registro digital 2011856 · Tesis aislada · 10a. Época · XVI.1o.A.89 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

DIETAS DE LOS REGIDORES DE UN AYUNTAMIENTO. SU DISMINUCIÓN O PRIVACIÓN CON MOTIVO DE UNA SANCIÓN ADMINISTRATIVA POR LA INASISTENCIA A UNA SESIÓN DE ÉSTE SIN CAUSA JUSTIFICADA, ES IMPUGNABLE EN AMPARO.

Constitucional y Amparo Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al interpretar el artículo 103, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determinó que el juicio de amparo es improcedente contra actos o resoluciones que violen derechos políticos, entendiendo por éstos, de acuerdo con los artículos 35 y 41 de ese ordenamiento: la asociación política, la afiliación a los partidos políticos, a votar y a ser votado. Con esa base, las dietas que reciben los servidores públicos que acceden al cargo a través del sufragio, por sí mismas, no pueden catalogarse como un derecho político; tendrá...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.