IUSera
Registro digital 2011778 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CXLVII/2016 (10a.) · Primera Sala

PUEBLOS INDÍGENAS. EL DERECHO QUE TIENEN A EMPLEAR Y PRESERVAR SU LENGUA CONSTITUYE UN DERECHO SOCIAL O CULTURAL CON INCIDENCIA INDIVIDUAL Y COLECTIVA.

Educación, Cultura y Deporte Derechos Humanos
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Texto de la tesis

Si bien el derecho a usar y enriquecer las lenguas indígenas se encuentra reconocido en el artículo 2o., fracción IV, de la Constitución General como un derecho de los pueblos indígenas, el mismo también tiene una faceta individual, es decir, constituye tanto un derecho de los pueblos como un derecho de las personas indígenas. En efecto, el lenguaje es un componente esencial de la identidad de los pueblos y de las personas en lo particular, pues constituye uno de los principales factores de identificación. Es, por tanto, un derecho social o cultural con incidencia individual y colectiva. PRIME...

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