OFRECIMIENTO DE TRABAJO TRATÁNDOSE DE CHOFERES DE AUTOTRANSPORTE PRIVADO. NO PUEDE CALIFICARSE DE MALA FE SI SE OFRECE CON LA JORNADA LEGAL, AUNQUE EL TRABAJADOR ADUZCA REDUCCIÓN EN SUS INGRESOS POR NO PODER LABORAR TIEMPO EXTRAORDINARIO.
Texto de la tesis
Cuando el trabajador aduce en su demanda que tenía la categoría de chofer, pero no expone que la naturaleza de su trabajo es de autotransporte público (servicio público); debe considerarse como trabajador de autotransporte privado. Ahora bien, si también expuso que tenía un horario fijo, esto es, que estaba sujeto a una jornada, por exclusión se entiende que no fue contratado por viaje, por boletos vendidos, por circuito o kilómetros recorridos; por tanto, aunque haya laborado tiempo extraordinario, ello sólo tendrá impacto en el pago de dicha prestación, pero no en la calificación del ofrecim...
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