IUSera
Registro digital 2011712 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.P.31 P (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

COMPETENCIA TERRITORIAL PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA UNA ORDEN DE APREHENSIÓN. SI NO HAY INDICIOS DE QUE SE EJECUTARÁ O DE QUE YA TRATÓ DE EJECUTARSE EN DETERMINADO CIRCUITO JUDICIAL, SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO CON JURISDICCIÓN EN EL LUGAR DONDE RADICA EL JUEZ QUE LA ORDENÓ, SALVO EXCEPCIÓN EXPRESA.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando se reclama una orden de aprehensión, es indiscutible que se trata de un acto que requiere ejecución material y, además, que no es un acto susceptible de ejecución parcial, pues conforme a su propia naturaleza, inicia en el momento en que la persona es detenida -donde se encuentre- y se prolonga por el tiempo procesalmente necesario, lo cual se materializará trasladándola, por regla general, a un centro de prisión preventiva para quedar a disposición del Juez que emitió aquélla, sitio el cual, ordinariamente, deberá ser aquel en que se encuentre dicho Juez, atento al derecho fundamental...

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