EXTINCIÓN DE DOMINIO. LOS PASOS A SEGUIR PARA APLICAR EL CRITERIO CONTENIDO EN LAS JURISPRUDENCIAS 1A./J. 18/2015 (10A.) Y 1A./J. 19/2015 (10A.) DEBEN REALIZARLOS LOS JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, LOS DE SEGUNDA CUANDO SE CUESTIONE LA VALORACIÓN DE PRUEBAS, Y VERIFICARLOS LOS ÓRGANOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Dicho análisis valorativo no es exclusivo de los jueces de primera instancia, pues los tribunales de alzada, al conocer de un recurso de apelación en el que se cuestionen las cargas probatorias de las partes, la acreditación de la mala fe del afectado, la falta de acreditación de su buena fe o que estaba impedido para conocer de la utilización ilícita de sus bienes, deben verificar, en el orden indicado en la tesis 1a. CXVI/2016 (10a.), (1) cada uno de los elementos ahí señalados y realizar la valoración de las pruebas en los términos ahí precisados. Lo mismo es aplicable a los órganos de cont...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.