IUSera
Registro digital 2011623 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.P.A.26 P (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

AUDIENCIAS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO ADVERSARIAL. DEBEN DESARROLLARSE SIN FORMULISMOS ORALES Y CON LA RAZONABILIDAD DE LOS ARGUMENTOS, SINTETIZADOS Y EXPUESTOS DE MANERA ÁGIL Y FLUIDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La oralidad en el sistema penal acusatorio adversarial no debe entenderse como memoria, sino como una exposición oral, sea leída o argumentada sin apoyo en aquélla, pero sí dinámica y fluida, pues identificar la oralidad con la memoria de manera íntegra carece de razonabilidad, al ser casi imposible memorizar la totalidad de los argumentos, datos o pruebas, hechos de la litis, etcétera, que integran los incidentes del procedimiento penal. Además, les quedaría prohibido leer a los Jueces. Sin embargo, a fin de agilizar la realización de las audiencias, de acuerdo con el Código de Procedimientos...

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