IUSera
Registro digital 2011604 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.P.31 P (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

REPARACIÓN DEL DAÑO EN EL DELITO DE DESTRUCCIÓN DE TÍTULO DE CRÉDITO. PROCEDE SU CONDENA POR EL MONTO SEÑALADO EN ÉSTE, EN VIRTUD DE QUE ESE ILÍCITO ORIGINA UN DETRIMENTO EN EL PATRIMONIO DEL OFENDIDO POR EL VALOR ESTABLECIDO EN DICHO DOCUMENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Penal Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Los artículos 20, apartado B, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de junio de dos mil ocho), 50 Bis y 51 del Código Penal del Estado de Puebla, prevén que la condena al pago de la reparación del daño a que tiene derecho el ofendido, que resulta procedente siempre que el juzgador emita sentencia condenatoria y sea solicitada por el Ministerio Público, consiste en que sea resarcido de los daños y perjuicios que sufra por la comisión de un delito que haya dejado sec...

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