IUSera
Registro digital 2011588 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.III.C. J/15 C (10a.) · PLENO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

SENTENCIA DEFINITIVA. EN SU EJECUCIÓN NO OPERA LA PRESCRIPCIÓN DE FORMA INDEPENDIENTE RESPECTO DE ALGUNAS DE LAS PRESTACIONES (LÍQUIDAS O GENÉRICAS), PUES ELLO IMPLICARÍA TRANSGREDIR LA COSA JUZGADA.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

La acción o el derecho para pedir la ejecución de una sentencia constituye una cuestión distinta a la realización de los actos o formas para cumplimentarla; en ese sentido, la preclusión se actualiza en relación con la diversidad de actos procesales que realizan las partes en la fase de ejecución, como son el trámite de liquidación y el avalúo, pero no en relación con los derechos derivados del fallo, pues la única institución jurídica que comprende la pérdida del derecho para pedir la ejecución de una sentencia es la prescripción. Por tanto, la prescripción no opera de forma independiente res...

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