DAÑOS Y PERJUICIOS. LA AFIANZADORA CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA IMPUGNAR LA DETERMINACIÓN QUE DECLARA FUNDADO EL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN TRAMITADO EN UN JUICIO DE AMPARO BIINSTANCIAL.
Texto de la tesis
De conformidad con el artículo 156 de la Ley de Amparo, el incidente de reclamación de daños y perjuicios constituye el procedimiento mediante el cual, entre otros supuestos, el tercero interesado solicita la entrega del monto de la garantía que exhibió el quejoso para que surtiera efectos la suspensión provisional o definitiva concedida, o ambas, una vez que la decisión del amparo fue adversa a los intereses de dicho quejoso, todo ello como una indemnización por haber paralizado la ejecución del acto reclamado. De tal manera que, por regla general, la decisión que se emite en dicho procedimie...
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