MENOR DE EDAD VÍCTIMA DEL DELITO. EL PERDÓN DEL OFENDIDO NO ES PROCEDENTE CUANDO LA EXTINCIÓN DE LA CAUSA PENAL AFECTE LA DIGNIDAD DE LA VÍCTIMA MENOR DE EDAD.
Texto de la tesis
Proteger la dignidad del menor en el proceso penal implica evitar que sea humillado, degradado o envilecido. Así, para determinar la procedencia del perdón del ofendido, el juez debe asegurar que la extinción de la acción penal, el sobreseimiento de la causa o la eliminación de las medidas de seguridad impuestas al agresor, no provoquen algún tipo de sufrimiento, intimidación, situación de riesgo o amenaza para la dignidad personal del menor. Para ello, el juez debe analizar la naturaleza del delito, esto es, ponderar qué bien jurídico protege, y si éste incide en los valores resguardados por...
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