SOCIEDADES MERCANTILES. EL ARTÍCULO 129 DE LA LEY GENERAL RELATIVA NO CONTIENE UNA RESTRICCIÓN AL DERECHO HUMANO A LA PROPIEDAD PRIVADA.
Texto de la tesis
El derecho a la propiedad privada es un derecho humano reconocido en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Este último precepto señala que toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes; que la ley puede subordinarlos, pero ninguna persona puede ser privada de ellos excepto mediante el pago de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley. Ahora bien, el artículo 129 de la Ley General de Sociedades Mercantile...
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