IUSera
Registro digital 2011285 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LXXIII/2016 (10a.) · Primera Sala

REVISIÓN ADHESIVA. LA OMISIÓN EN EL AUTO DE ADMISIÓN DEL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN DE HACER SABER A LA TERCERO INTERESADA, SU DERECHO PARA INTERPONER AQUEL RECURSO, NO AFECTA SU VALIDEZ.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si bien es conveniente que en el auto de admisión del amparo directo en revisión, se señale expresamente a la parte tercero interesada que tiene cinco días para interponer el recurso de revisión adhesiva, ello no es indispensable, pues la precisión de dicho derecho está expresamente prevista en el artículo 82 de la Ley de Amparo. Por tanto, la omisión en el auto de admisión de hacer un señalamiento como el referido, no puede afectar su validez, ya que aunque dicha mención es recomendable, no existe precepto legal alguno que ordene su inclusión en el acuerdo de admisión, ni menos aún que sancio...

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