IUSera
Registro digital 2011104 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.E.112 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

REDUCCIÓN DE SANCIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS ABSOLUTAS, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 33 BIS 3 DE LA ABROGADA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA. ES NOTORIA LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN RELATIVA, INTERPUESTA POR PERSONA DISTINTA DEL BENEFICIADO.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con los artículos 9o., 30 y 33 bis 3 de la abrogada Ley Federal de Competencia Económica, en el procedimiento relativo a la investigación a cargo de la extinta Comisión Federal de Competencia -actualmente Comisión Federal de Competencia Económica-, sobre la realización de prácticas monopólicas absolutas, cualquier agente económico que tuviere o hubiere tenido participación en ellas podía comparecer ante ese órgano regulador a reconocerla y acogerse al beneficio de reducción de sanciones, lo que resultaría procedente siempre que cumpliera con la oportunidad y utilidad de la infor...

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