IUSera
Registro digital 2011083 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.125 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIONES DEL ISSSTE. EL INCREMENTO DE LAS QUE FUERON OTORGADAS AL AMPARO DE LA LEY DE 1959 DEBE ATENDER, PRIMERAMENTE, A LA MECÁNICA DE AUMENTO SEXENAL Y, A PARTIR DE LA REFORMA A SU ARTÍCULO 136, A LA VARIACIÓN DE LOS SUELDOS DE LOS TRABAJADORES EN ACTIVO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1959, preveía que cada seis años se haría revisión de la cuantía de las jubilaciones y pensiones para mejorarlas conforme al aumento en el costo de la vida y de acuerdo con los índices elaborados por el Banco de México; disposición que fue modificada el 2 de enero de 1981, entrando en vigor al día siguiente, con lo que fue variada la mecánica y temporalidad con que habrían de ser actualizadas las cuotas pensionarias, pue...

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