JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO. DEBE AGOTARSE CONTRA LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO EN LA QUE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE ENAJENACIÓN DE TERRENOS NACIONALES, ANTES DE PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO.
Texto de la tesis
En términos de los artículos 160, último párrafo, de la Ley Agraria, y 110 de su Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, vinculados con la fracción IV del diverso 18 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, procede el juicio de nulidad ante el Tribunal Unitario Agrario contra la resolución dictada por la Secretaría de la Reforma Agraria, actualmente Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (SEDATU), en la que ordena el archivo del procedimiento de adquisición de terrenos nacionales, por estimar que no se cumplió con lo dispuesto en el artículo cuarto tra...
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