IUSera
Registro digital 2010916 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.23 A (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

SERVIDORES PÚBLICOS SUJETOS A PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD. CONFORME AL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE AMPARO PROCEDE LA SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE A SU FAVOR.

Constitucional y Amparo Administrativo
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Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 79, fracción V, de la Ley de Amparo, procede la suplencia de la queja en favor del trabajador, con independencia de que la relación entre empleador y empleado esté regulada por el derecho laboral o por el administrativo. Por otra parte, los servidores públicos son trabajadores que prestan sus servicios de índole laboral para el Estado a cambio de un salario, a excepción de sus titulares (Presidente Municipal, Diputados, Magistrados, etcétera). Derivado de dicha relación, los referidos servidores adquieren responsabilidad de naturaleza administrativa, la cual pued...

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