IUSera
Registro digital 2010875 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.1o.A.T.71 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN EL AMPARO. PROCEDE EN BENEFICIO DE UNA EMPRESA SOCIAL PROPIEDAD DE UNA COMUNIDAD INDÍGENA, CUANDO PUDIERA VERSE AFECTADA EN SU DERECHO FUNDAMENTAL A LA PROPIEDAD, CON MOTIVO DEL PROBABLE DAÑO EN SU PATRIMONIO DERIVADO DE LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE DE UN CRÉDITO FISCAL.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La suplencia de la queja deficiente es una institución procesal de rango constitucional, que tiene como finalidad dar una mayor protección a aquellas categorías de quejosos que, por su situación o características, se encuentran en desventaja social para su defensa en el juicio y, por ello, requieren que sea corregida o subsanada cualquier insuficiencia en que incurran durante la secuela jurisdiccional. Así, entre las categorías referidas están los sujetos de derecho agrario, ya sea en lo general -ejidos o comunidades-, o bien, en lo particular -ejidatarios o comuneros-, pues desde su reconocim...

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