IUSera
Registro digital 2010853 · Tesis aislada · 10a. Época · XXIII.2 C (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.

MEDIDAS PRECAUTORIAS. NO PROCEDEN RECURSOS NI EXCEPCIONES EN SU CONTRA, NI EN SU EJECUCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Como el artículo 700 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas establece que en la ejecución de la precautoria no se admitirán recursos ni excepciones, resulta que el recurso de revocación que prevé el artículo 367 del mismo ordenamiento procesal, según el cual, los autos y proveídos pueden ser revocados por el Juez que los dicte, cuando la ley no establezca expresamente la procedencia de otro recurso, o disponga que no son recurribles, no es procedente, tanto por no estar previsto expresamente para impugnar las medidas cautelares, ni su ejecución, como porque existe tex...

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