IUSera
Registro digital 2010760 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.217 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EL ACUERDO QUE FIJA O MODIFICA LAS TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, AL NO TENERSE COMO ACTO DE AUTORIDAD, PUEDE SER IMPUGNADO A TRAVÉS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE PAGO DE LO INDEBIDO.

Mercantil Energía y Minería Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La relación contractual entablada entre la Comisión Federal de Electricidad y los usuarios del servicio público de energía eléctrica es de coordinación, porque ambas partes adquieren derechos y obligaciones recíprocas. Es decir, no se trata de una relación de supra a subordinación en donde el organismo suministrador tenga el carácter de autoridad, según se advierte de la jurisprudencia 2a./J. 112/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, agosto de 2010, página 364, de rubro: "COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EL AVISO RECIBO POR CONCEPTO D...

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