ANTIGÜEDAD GENÉRICA. CUANDO EL RECLAMO DE SU RECONOCIMIENTO SE TRAMITA POR LA VÍA INCORRECTA, LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO ALCANZA LAS PRESTACIONES VINCULADAS CON AQUÉLLA.
Texto de la tesis
En términos de la jurisprudencia 2a./J. 89/2011, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIII, junio de 2011, página 183, de rubro: "ANTIGÜEDAD GENÉRICA Y DE CATEGORÍA. LOS CONFLICTOS EN LOS QUE SE RECLAME SU RECONOCIMIENTO SE RIGEN POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 892 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.", cuando sólo se reclama el reconocimiento de antigüedad genérica, los conflictos deben tramitarse conforme a las disposiciones que prevé la Ley Federal de...
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