IUSera
Registro digital 2010712 · Tesis aislada · 10a. Época · III.1o.T.25 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

PRUEBA CONFESIONAL. DESECHAMIENTO INDEBIDO (PROCEDIMIENTO BUROCRÁTICO JALISCIENSE).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Por disposición expresa del artículo 134 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, en la audiencia de desahogo de pruebas sólo se recibirán las admitidas previamente, a no ser que se refieran a hechos supervenientes, exceptuándose las relativas a las tachas de testigos o a la confesional "siempre que se ofrezcan antes de la declaratoria de haberse concluido el procedimiento y se cite a las partes a oír el laudo correspondiente"; en esa medida, la confesional no puede ser desechada de plano por no haber sido ofrecida en la audiencia de ofrecimiento de prueba...

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