IUSera
Registro digital 2010700 · Tesis aislada · 10a. Época · I.5o.P.43 P (10a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

DELITO DE VIOLACIÓN. CONCEPTO DE VÍNCULO DE "PAREJA", PREVISTO EN EL ARTÍCULO 174, ÚLTIMO PÁRRAFO, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL PARA EFECTOS DE SU PERSECUCIÓN POR QUERELLA.

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del numeral citado se obtiene una excepción a la persecución oficiosa del delito en comento, y consiste en que, si entre el sujeto activo y el o la pasivo de la violación existiera, entre otros, un vínculo de pareja, dicho ilícito será perseguible a petición de parte ofendida, es decir, por querella; sin embargo, dicha connotación no fue descrita por el legislador, por lo que, a fin de dar certeza jurídica y al tratarse ese elemento normativo de una cuestión de valoración cultural, desde la óptica indicada, se precisa que por "pareja" debe entenderse la unión de dos personas, con independencia...

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