ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN. LO CONSTITUYE LA NEGATIVA DEL JUEZ DE GARANTÍA DE DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO EN LA CAUSA CUANDO EL MINISTERIO PÚBLICO, UNA VEZ CERRADA LA INVESTIGACIÓN, OMITE FORMULAR LA ACUSACIÓN RESPECTIVA EN EL PLAZO DE DIEZ DÍAS (NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA).
Texto de la tesis
La negativa del Juez de garantía de decretar el sobreseimiento en la causa penal basado en que el representante social, una vez cerrada la investigación, no formuló la acusación respectiva en el plazo de diez días establecido en el artículo 287 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, constituye un acto de imposible reparación para efectos de la procedencia del juicio de amparo, por afectar el derecho sustantivo a la libertad del quejoso, pues dicho sobreseimiento tiene efectos de una sentencia absolutoria en términos del artículo 289 del propio código y, por ende, hace ce...
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