RECONOCIMIENTO DE BENEFICIARIOS DE UN TRABAJADOR FALLECIDO. LA DECLARATORIA DICTADA EN EL INCIDENTE RESPECTIVO NO ES IMPUGNABLE EN AMPARO DIRECTO, AL NO CONSTITUIR UNA SENTENCIA DEFINITIVA, LAUDO, NI RESOLUCIÓN QUE HAYA PUESTO FIN AL JUICIO.
Texto de la tesis
La declaratoria de beneficiarios de un trabajador fallecido emitida por una Junta de Conciliación y Arbitraje, en términos del artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo, no constituye una sentencia definitiva, laudo ni resolución que haya puesto fin al juicio, por lo que no es impugnable en amparo directo, toda vez que deriva de un procedimiento tramitado ante la referida autoridad en el que, aunque surja controversia, no se erige en juicio. En efecto, del citado precepto se colige que una vez que la autoridad laboral reciba noticia de la muerte de un trabajador, mandará practicar, dentro de...
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