SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE JALISCO. LOS ARTÍCULOS 132, 134, PRIMER PÁRRAFO, 135, 136, FRACCIONES I A IV, 138 Y 139 DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN DEL SERVICIO SOBRE LA BASE DE LA UNICIDAD DE LA PRUEBA DOCUMENTAL, VULNERAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
Texto de la tesis
De la interpretación sistemática de los artículos 129 a 141 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco, se advierte que la base fundamental sobre la que se sustenta el diseño del procedimiento administrativo de separación de los elementos operativos de la entidad, la constituye la naturaleza jurídica de la única prueba que puede ofrecerse, admitirse, desahogarse y valorarse, esto es, la documental a que alude el artículo 135 de dicha ley. En el caso, el legislador local sacrificó las formalidades esenciales del procedimiento y el derecho de acceso a la justicia recono...
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