IUSera
Registro digital 2010579 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.C.T.50 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. BASTA QUE SEAN OFRECIDAS POR QUIEN HAYA DEMOSTRADO SU PERSONALIDAD EN EL JUICIO Y DENTRO DE LA AUDIENCIA CORRESPONDIENTE, SIN QUE SE REQUIERA PARA SU ADMISIBILIDAD QUE EL ESCRITO QUE LAS CONTIENE DEBA SUSCRIBIRSE POR QUIEN COMPARECE.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se advierte que las partes podrán comparecer a juicio personalmente o por conducto de su apoderado, mediante instrumento que cumpla los requisitos ahí establecidos. Por otro lado, de los diversos numerales 778, 875 y 880, fracción I, se obtiene que es en la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas donde las partes realizan su ofrecimiento probatorio. En suma, de la normatividad que rige la comparecencia de las partes al juicio laboral no se advierte como requisito para la admisión de pruebas, que el escrito donde se describan o enumeren de...

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